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Programa de recompra de acciones de Ferrovial, S.A. de hasta un máximo de 19.000.000 acciones

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Publicado el 07/05/2019

Programas de recompra de acciones, estabilización y autocartera

De conformidad con el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, FERROVIAL, S.A. (la “Sociedad” o “Ferrovial”) informa de lo siguiente:

Mediante comunicación de 5 de abril de 2019 (número de registro 276.882), se informó sobre los acuerdos adoptados en la reunión de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada en esa misma fecha y, entre ellos, sobre la aprobación, bajo el punto octavo de su orden del día, de una reducción de capital social mediante la amortización de (i) 6.915.588 acciones que la Sociedad tiene en autocartera; y (ii) un máximo de 19.000.000 de acciones propias, representativas del 2,57% del capital social a la fecha del referido acuerdo, adquiridas a través de un programa de recompra al amparo del artículo 5 del Reglamento (UE) Nº 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, y del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento sobre el abuso de mercado en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el Programa de Recompra”, el “Reglamento (UE) Nº 596/2014” y el “Reglamento Delegado (UE) 2016/1052”, respectivamente).

El Consejo de Administración de la Sociedad, en uso de la delegación de facultades conferida a su favor por la indicada Junta General, ha acordado llevar a cabo el Programa de Recompra en los términos que se indican a continuación:

  • Objetivo: reducir el capital social de Ferrovial mediante amortización de acciones propias, siendo la finalidad de tal reducción de capital coadyuvar a la política de retribución al accionista mediante el incremento del beneficio por acción. El Programa de Recompra, además de ser el cauce para adquirir las acciones objeto de amortización, favorece la liquidez de la acción.
  • Inversión máxima neta: 275 millones de euros. En ningún caso el número de acciones a adquirir bajo el Programa de Recompra podrá exceder de 19
  • Condiciones de precio y volumen: las acciones propias se adquirirán conforme a las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. En particular, en lo que se refiere al precio, Ferrovial no adquirirá acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente; o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra. En lo que respecta al volumen de contratación, la Sociedad no adquirirá en cualquier día de negociación más del 25% del volumen medio diario de las acciones de Ferrovial en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra. El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
  • Plazo de duración: se iniciará el 4 de junio de 2019 y permanecerá vigente hasta el 22 de noviembre de 2019 (ambos incluidos). No obstante, Ferrovial se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, hubiera adquirido al amparo del mismo acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe de la inversión máxima o el número máximo de acciones autorizado por la Junta General, o si concurriera otra circunstancia que así lo aconsejara.

Las eventuales modificaciones del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (y a cualquier otra autoridad regulatoria a la que, en su caso, deba darse conocimiento de ello) conforme a lo previsto en el artículo 5 del Reglamento (UE) Nº 596/2014 y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. Dichas operaciones serán también publicadas en la página web de la Sociedad según lo establecido en dichas normas.

Madrid, 7 de mayo de 2019

Santiago Ortiz Vaamonde

Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Ferrovial, S.A.

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